domingo, 10 de agosto de 2008

LOS DERECHOS DE LA NACION SOBRE EL SUBSUELO Y EL SUELO





Arnaldo Córdova
Los derechos de la nación sobre el subsuelo y el suelo

Hay un concepto legal en el que se funda el esquilme que Hacienda hace del petróleo. Se dice con un plural: derechos, pero ni en la legislación vigente ni en las iniciativas de reformas que se han presentado se define mayormente ni, mucho menos, se justifica constitucional y jurídicamente. Hay que recurrir a la memoria histórica para aclarar qué son esos derechos que Pemex debe pagar al fisco. Como hoy en día casi nadie tiene presente la Constitución ni los debates constitucionales que se dieron en el pasado, ni por parte del gobierno ni de los legisladores, se debe empezar por este punto.

Esos derechos antes se mencionaban y hasta llegaron a definirse. Hoy ya nadie los recuerda. Se reducen a dos: el derecho que se paga por la explotación de los recursos del subsuelo (que es propiedad de la nación) y el derecho por el uso del suelo (que, originariamente, es también propiedad de la nación). Cuando en alguno de los debates de aquella época se insistió en cuestionar cuál sería la entidad de ambos conceptos, un jurista que luego se convirtió en economista, dijo, palabras más palabras menos: si se trata de valor, eso lo dirá el mercado. ¡Tan fácil que es entender cuando se habla claro!

Hoy nadie sabe cuáles son esos derechos y la confusión reina en los debates y en la legislación. ¿Por qué Pemex debe pagar esos derechos? Porque está explotando una propiedad ad aeternum de la nación (el subsuelo) y haciendo uso de la superficie territorial (originariamente propiedad de la nación, según reza el artículo 27 constitucional). Cuando la Ley Federal de Derechos establece que Pemex debe pagar esos derechos no los define ni dice cuáles son. Los economistas los definen como “excedente”, lo que me parece muy inexacto e inadecuado.Leer mas
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